La figura del vicario del inspector fue introducida por el XIX Capítulo General y posteriormente adoptada en la revisión del texto de las constituciones. Según el nuevo Código es ordinario religioso y superior mayor. En consecuencia, tiene cargo eclesiástico con potestad ordinaria vicaria. Lo cual significa que desempeña el cargo no sólo cuando debe sustituir al inspector ausente o impedido, sino que posee siempre potestad ordinaria vicaria. Es, por tanto, siempre el “vice” del inspector, hombre de confianza, su primer colaborador, como dice el artículo 168. Su función general es prolongar e integrar la acción del inspector, y comprende todo lo que se refiere al gobierno ordinario de la inspectoría (Const. 168). Está, pues, llamado a asistir, aconsejar y completar al inspector, sin reemplazarlo. En la Inspectoría del Centroamérica el Vicario es también Delegado para la Formación y Delegado para la Familia Salesiana. En nuestra Inspectoría este servicio lo ejerce el Padre Alejandro Hernández.